
Santo Domingo. – El destacado jurista Olivo Rodríguez Huertas afirmó que las actuaciones del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) contra el canal 3 del grupo ACDMedia podrían constituir una violación al Estado de derecho y representar un acto de arbitrariedad por parte del órgano regulador.
Rodríguez Huertas sostuvo que la medida de Indotel que pretende despojar a ATV canal 3 de los derechos de transmisión por esa frecuencia, se realizaría sin el debido respaldo legal y procedimental.
“El Estado de derecho es el presupuesto básico para la seguridad jurídica», afirmó el jurista, en una entrevista en el programa Ahora por la Súper 7, edición matutina.
En ese sentido, señaló que las instituciones públicas están obligadas a actuar conforme a normas jurídicas previamente establecidas.
Rodríguez Huertas explicó que, a diferencia de los ciudadanos, cuyas acciones están regidas por el principio de libertad pudiendo hacer todo lo que no esté expresamente prohibido, las entidades estatales están estrictamente vinculadas al principio de legalidad.
“La administración solo puede hacer aquellas cosas para las que expresamente está habilitada», subrayó.
Añadió que no basta con que una entidad tenga la facultad general para actuar, sino que también debe respetar las causas y procedimientos legales correspondientes.
“Ni la legalidad sustancial, ni está facultado para hacer eso, ni otro procedimiento alguno”.
El jurista consideró además que podría tratarse de un error de interpretación por parte del Indotel, y enfatizó que cualquier medida fuera del marco del litigio podría debilitar gravemente el sistema legal dominicano.
“Yo de verdad creo que se trata de una confusión y me parece que el recurso debe seguir a lo que es el litigio», afirmó.
Conflicto canal 3
Se espera que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) conozca el próximo lunes 9 de junio el recurso mediante el cual la Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoce a Indotel el derecho de negar a Telemicro el uso del canal tres VHF en el espectro radioeléctrico, tal como queda establecido en cerca de una decena de resoluciones, entre ellas la 050 y la 080 del año 2022.