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Salud

SISALRIL impulsa modernización del Seguro de Riesgos Laborales tras más de 20 años sin revisión

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SANTO DOMINGO, RD/ DIARIO DE SALUD.- Más cobertura para los trabajadores, protección en modalidades como el teletrabajo, atención médica de emergencia sin trabas administrativas y pensiones actualizadas cada año son parte de los cambios que introduce el nuevo Reglamento sobre el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), impulsado técnicamente por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y promulgado mediante el Decreto núm. 287-26.

La nueva disposición sustituye el Decreto núm. 548-03, vigente desde hace más de dos décadas, y actualiza el funcionamiento de este componente del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) frente a las transformaciones del mercado laboral y la estructura institucional surgida tras la creación del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL).

Entre los principales cambios se reafirma la incorporación del principio protector, que establece que, ante cualquier duda de interpretación de la ley o sus normas prevalecerá la disposición más favorable al trabajador.

El reglamento también convierte en permanente la afiliación obligatoria al Seguro de Riesgos Laborales para todo trabajador, incluso en empresas con un solo empleado, una medida que se aplicaba de manera transitoria mediante resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS).

Además, reconoce modalidades como el teletrabajo y/o el trabajo a distancia, garantizando a estos empleados los mismos derechos y prestaciones que reciben quienes laboran de forma presencial.

Ningún centro de salud puede negar atención

Otro de los puntos incluidos establece que ningún centro de salud podrá negar atención de emergencia a una persona accidentada durante su jornada laboral por falta de formularios o trámites administrativos, priorizando la asistencia inmediata.

La normativa también modifica la forma de calcular el subsidio por incapacidad temporal, utilizando divisores ajustados a la jornada legal de cada sector para hacer más transparente y justo el cálculo de las prestaciones económicas.

En materia de pensiones, incorpora de manera expresa el pago de la pensión número 13 y dispone la actualización anual de las pensiones por discapacidad y sobrevivencia tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El decreto fortalece además los mecanismos de reclamación y defensa para los trabajadores, al establecer plazos y vías de recurso ante el IDOPPRIL, la SISALRIL, el CNSS y la jurisdicción contencioso-administrativa.

La normativa refuerza control y supervisión en el sistema

Asimismo, define las responsabilidades de las instituciones que intervienen en el Seguro de Riesgos Laborales para mejorar la coordinación entre entidades como el CNSS, la SISALRIL, el IDOPPRIL y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

La disposición también incorpora mecanismos orientados a fortalecer la sostenibilidad financiera del SRL, incluyendo la supervisión de reservas técnicas y el uso de excedentes para programas especiales de protección a los trabajadores.

La propuesta fue sometida a consulta pública y entró oficialmente en vigencia con su publicación en 1 de mayo de 2026, consolidando uno de los procesos de actualización normativa más importantes requeridos por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales para fortalecer la protección de los trabajadores y actualizar el SRL.

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