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Trump firma decretos para limitar ciudadanía por nacimiento: ¿qué efectos pueden tener tras el bloqueo del Supremo?
Trump vuelve a la carga contra la ciudadanía por nacimiento. Poco más de un mes después de que la Corte Suprema de Estados Unidos rechazara su intento de restringir la ciudadanía por nacimiento, el presidente Donald Trump firmó en la noche del jueves 6 de agosto dos nuevas órdenes ejecutivas con las que busca limitar el alcance de ese derecho sin desafiar de manera frontal el reciente fallo del máximo tribunal.
Y es que el pasado junio, la Corte Suprema ratificó, por seis votos contra tres, que la ciudadanía por nacimiento sigue protegida por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución y por la legislación federal vigente. El tribunal rechazó así la orden ejecutiva firmada por Trump al inicio de su segundo mandato, que pretendía negar automáticamente la nacionalidad estadounidense a los hijos de personas que permanecen en el país de manera irregular o con estatus migratorio temporal.
En aquella decisión, el presidente del tribunal, John Roberts, sostuvo que la promesa constitucional de ciudadanía se extiende a todas las personas nacidas en territorio estadounidense, salvo excepciones históricamente muy limitadas, como los hijos de diplomáticos extranjeros o de fuerzas militares de ocupación.
Tras ese revés judicial, la nueva estrategia de la Casa Blanca consiste en dictar medidas más específicas, dirigidas a determinados grupos de personas, en lugar de intentar eliminar de manera general el principio de ciudadanía por nacimiento.
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¿Qué cambian las nuevas órdenes ejecutivas de Trump?
La primera orden ejecutiva amplía las categorías de personas cuyos hijos no podrían acceder automáticamente a la ciudadanía estadounidense al nacer.
Entre ellas figuran los hijos de personas vinculadas a organizaciones extranjeras consideradas “terroristas” por Estados Unidos, empleados de gobiernos de otros países, personas que hayan intentado obtener la ciudadanía mediante fraude y algunos casos relacionados con nacimientos en territorios estadounidenses cuya regulación dependería de eventuales cambios legislativos del Congreso.
La orden también incorpora supuestos relacionados con extranjeros considerados «enemigos» de Estados Unidos, retomando excepciones históricas que tradicionalmente habían tenido una aplicación muy limitada.
A diferencia de la orden rechazada en junio, esta nueva disposición ya no busca excluir de forma generalizada a los hijos de inmigrantes indocumentados o de personas con visas temporales, sino que intenta circunscribirse a categorías específicas que la Administración considera excepcionales.
Sin embargo, varios especialistas consideran que algunas de esas restricciones siguen planteando problemas constitucionales. Gabriel Chin, profesor de Derecho de la Universidad de California en Davis, declaró a la cadena británica ‘BBC’ que el presidente puede tener facultades para restringir el ingreso de determinadas personas al país que considere tienen el objetivo de tener un hijo en el país, pero no para decidir que un menor nacido en territorio estadounidense no sea ciudadano. “Una vez que sucede, una vez que un niño nace en Estados Unidos, no creo que el presidente tenga poder para decidir que ese niño no es ciudadano”, subrayó el experto, remarcando que el asunto ya quedó zanjado con la reciente derrota del Gobierno de Trump en la Corte Suprema.
Asimismo, el experto aseguró que el llamado “turismo de natalidad” es “un fenómeno inusual”, teniendo en cuenta los millones de nacimientos que ocurren en Estados Unidos.
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El foco en el «turismo de natalidad»
La segunda orden ejecutiva se concentra exclusivamente en combatir el llamado «turismo de natalidad», práctica mediante la cual mujeres embarazadas viajan a Estados Unidos con el propósito de que sus hijos nazcan allí y obtengan la ciudadanía de ese país.
La medida ordena a los departamentos de Estado y de Seguridad Nacional emitir nuevas normas para endurecer la concesión de visas y detectar solicitudes consideradas fraudulentas cuando el objetivo principal del viaje sea dar a luz en Estados Unidos.
La Administración Trump sostiene que quienes ocultan ese propósito al solicitar una visa cometen fraude migratorio y que las autoridades tienen facultades para negarles el ingreso.
No obstante, expertos recuerdan que ese tipo de fraude ya constituye un motivo para rechazar visas bajo la legislación migratoria vigente y que administraciones anteriores también procesaron redes dedicadas a organizar este tipo de viajes.
Además, las cifras disponibles indican que el fenómeno es mucho menor de lo que sostiene la Casa Blanca. Mientras Trump habló de cientos de miles de casos, el Instituto de Política Migratoria estima que cada año se producen entre 22.000 y 26.000 nacimientos asociados al turismo de natalidad, frente a los cerca de 3,5 millones de nacimientos anuales registrados en Estados Unidos.
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Alcance jurídico limitado y nuevos desafíos
Las nuevas órdenes representan un intento del Gobierno de Trump por mantener viva una de las principales banderas de su política migratoria tras el revés sufrido en la Corte Suprema.
Sin embargo, su alcance práctico podría ser limitado. La ciudadanía por nacimiento continúa protegida por la interpretación vigente de la Decimocuarta Enmienda, respaldada nuevamente por la Corte Suprema, y cualquier intento de restringir ese derecho mediante una orden ejecutiva volverá previsiblemente a ser objeto de impugnaciones judiciales.
Organizaciones como la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) ya anticiparon que recurrirán las nuevas medidas. Su argumento es que ninguna orden presidencial puede modificar el significado de una garantía constitucional que el máximo tribunal acaba de reafirmar.
En consecuencia, aunque las nuevas disposiciones podrían traducirse en mayores controles migratorios y restricciones para quienes intenten ingresar a Estados Unidos con el propósito de dar a luz, no modifican el principio general según el cual las personas nacidas en territorio estadounidense continúan siendo ciudadanas del país, salvo las excepciones constitucionales y legales históricamente reconocidas.
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Con AP y medios locales
